Alma CG, ha hecho públicas las reflexiones más importantes de la Jornada “Aspectos Internacionales de los Incentivos Fiscales a la I+D: Atracción de actividades intensivas en I+D. Comparativa internacional”, celebrada recientemente en la sede de la CEIM. En la misma intervinieron entre otros, Luís Cueto, Subdirector General de Fomento de la Innovación Empresarial, MIMECO, y María Luisa Castaño, Directora General de Transferencia de Tecnología y Desarrollo Empresarial, Ministerio de Economía y Competitividad, organismos con los que Alma CG colabora de forma habitual en la elaboración de Informes sobre la I+D+i.
En el análisis del impacto que las políticas fiscales sobre la I+D+i empresarial tienen como atractores de empresas a nuestro país, Aitor Veiga, Director de Consultoría Innovación en Alma CG, señaló que el sistema fiscal español de apoyo a la I+D+i, presenta a día de hoy un conjunto de limitaciones que lo hacen menos competitivo que los sistemas de países del entorno. El beneficio fiscal por inversión en I+D+i en España es del 2% frente a por ejemplo el 18% de Francia, el 17% de Holanda, o el 11% de Bélgica, lo que penaliza claramente a España en su posición receptora de inversión extranjera intensiva en I+D.
Alfredo J. Colombano, Responsable de la Dirección Técnica de Innovación en Alma CG, destacó en la Jornada que este diferencial fiscal negativo de España se debe a que para que las empresas obtengan un beneficio fiscal, el requisito imprescindible es que generen beneficios, y que la cuota del impuesto pueda absorber el crédito de impuesto generado. Para corregir esta situación, la Administración española ha dado un paso más en el apoyo a la competitividad del tejido empresarial español, adoptando medidas como la reintroducción del sistema de bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social, correspondiente a trabajadores dedicados en exclusiva a actividades de I+D+i, que será compatible con la aplicación del dispositivo de deducciones fiscales por I+D+i, y la implantación de mecanismos tipo cash back, que permitirá a las empresas solicitar a su Hacienda Pública la devolución del crédito fiscal generado, independientemente de que su cuenta de resultados presente número rojos.
A pesar de las limitaciones existentes en el sistema fiscal español de apoyo a la I+D+i, prosiguió Aitor Veiga, para conseguir maximizar el retorno fiscal generado, las empresas pueden introducir variables de tipo fiscal en la toma de decisión sobre la planificación de sus actividades de I+D+i. En el retorno fiscal han de tenerse en cuenta tres variables: la elegibilidad del tipo de actividad y gasto, la intensidad de la inversión en I+D y la temporalidad entendida como distribución en el tiempo de ese ahorro. Esta última variable cobra relevancia porque el efecto que tiene un incentivo es directamente proporcional a la inmediatez de la recompensa. Es decir, minimizar el tiempo que transcurre desde que se realiza la inversión y el ahorro que genera. En este contexto, hay que tener en cuenta tres elementos clave: 1) la configuración de los pagos fraccionados (deducciones fiscales por I+D+i y la reducción de ingresos por cesión de intangibles-Patent Box); 2) el momento de liquidación de la cuota diferencial y 3) la posibilidad de restitución de los créditos fiscales generados (cash back).
Analizando algunos datos sobre el retorno fiscal, llama la atención que según la Estadística de la AEAT correspondiente al ejercicio fiscal 2010, tan sólo 121 empresas han aplicado el Patent Box, de las que alrededor del 60% facturan más de 900 millones de euros (gráfica nº 1), con lo que son grandes grupos, generando un ahorro fiscal de más de 74 millones de euros (gráfica nº 2). Si bien el Patent Box se introdujo en España en 2008, su porcentaje de penetración es aún mínimo, y por tanto, el potencial de desarrollo que tiene por delante es muy prometedor.
José Guimón, del Departamento de Estructura Económica y Economía del Desarrollo de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales (UAM), intervino también en la Jornada destacando que analizar las formas de colaboración entre empresas extranjeras y agentes locales, gana cada día más interés para la definición de políticas de atracción de Centros de I+D de empresas extranjeras, misión en la que participa en España la sociedad estatal Invest in Spain.
Entrando en detalle, si se eliminan las limitaciones en la variable temporalidad, el sistema español de deducciones fiscales se encuentra entre los más competitivos, haciendo muy atractiva la inversión intensiva en I+D en España. Teniendo en cuenta por ejemplo el Estudio ANRT 2012 realizado en Francia, en el que se compara el coste de un investigador en distintos países, España está en el 5º lugar como opción para establecer un Centro de investigación. Así, las multinacionales francesas tendrían incentivos para instalar sus centros de I+D en España, antes que por ejemplo en Asia, por el menor riesgo asociado y la similitud de costes de investigación netos.