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El Poder Ejecutivo reglamenta aspectos relativos a la producción de información geográfica

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Dicho decreto fue firmado por el Presidente de la República, José Mujica, y todos los Ministros en el último Consejo de Ministros del 2014.

La creación da ela Infraestructura de Datos Espaciales (IDE) como órgano desconcentrado de la Presidencia de la República, de acuerdo al artículo 75 de la Ley 18.362 de 6 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 35 de la Ley 19.149 de 24 de octubre de 2013, y su función articuladora en cuanto a la producción, documentación, acceso y uso de la información geográfica que generan los organismos públicos.

Que para el cumplimiento del cometido relativo a garantizar a través del dictado de normas, estándares y recomendaciones la interoperabilidad actualización, calidad y acceso de la información geográfica nacional, es conveniente esteblecer pautas para la producción, documentación, acceso y uso de la información geográfica que se produce en el Estado.

A  las previsiones contenidas en el Artículo 168 numeral 4° de la Constitución de la República, lo disupesto en el artículo 75 de la Ley 18.362 de 6 de octubre de 2005, en la redacción dada por el artículo 35 de la Ley 19.149 de 24 de octubre de 2013 y a lo precedentemente expuesto.

 

 

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