Durante la Quinta Sesión de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), celebrada el 22 de junio de dos mil nueve, se aprobó que el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (SCIAN) se utilice en la recopilación, análisis y presentación de las estadísticas económicas

De esta forma, con fundamento en lo dispuesto por el apartado B del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 17, fracción II, 23, 54 fracción III, 55 fracción II, y 77, fracción XVII de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica; así como en la Regla Séptima de Reglas para la integración y operación de los Comités Ejecutivos de los Subsistemas Nacionales de Información, se dispuso su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Así, el pasado viernes 10 de julio se publicó en el DOF el acuerdo para el uso del SCIAN como el clasificador obligatorio para las Unidades del Estado que generen u obtengan estadísticas económicas en el marco del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (SNIEG). Es importante mencionar que las Unidades del Estado deberán adoptar el SCIAN a más tardar en un plazo de tres años a partir de la entrada en vigor del acuerdo.

Cabe recordar que el SCIAN es un clasificador de actividades económicas, resultado del esfuerzo conjunto de las agencias nacionales de estadística de Canadá, los Estados Unidos de América y México.

Fuente: GeoInstitutos