Fue muy controvertido el rechazo por parte de la magistrada del 4º Juzgado de Garantía del acuerdo previo entre la fiscalía, el querellante y la defensa para que un imputado usara tobillera con GPS -para asegurar que no infrinja la prohibición de acercarse a la empresa a que habría presuntamente defraudado, ni a los testigos ni al representante legal de la misma-, por estimar que no estaba dentro de sus facultades legales imponer dicha medida.

Esta decisión puso en tela de juicio las atribuciones del Ministerio Público de Chile para proponer medidas de esta índole. Adicionalmente, en este caso la magistrada anticipó a las partes su criterio antes de la audiencia, pese a que en un sistema oral y público como el vigente en materia procesal penal, todas las resoluciones judiciales y argumentaciones de las partes deben ventilarse en aquélla.

El uso de un sistema GPS para seguir y controlar a un imputado en libertad es acogido en vastos círculos políticos y judiciales, tras la implementación de dos casos en los últimos meses. El Gobierno incluso ha asignado suma urgencia al proyecto que busca cambiar las medidas alternativas, que incluyen el uso de un sistema de monitoreo electrónico a distancia, como opción de cumplimiento sustitutivo de la reclusión nocturna.

La modernización de la justicia penal supone utilizar nuevas tecnologías como ésta. Por cierto, deben respetarse la dignidad y la vida privada del imputado, lo cual exige una regulación adecuada de estos dispositivos, pero la interpretación judicial de las normas en esta materia debería considerar debidamente un enfoque que es hoy mayoritario. Lo ocurrido en este caso parecería ser excepcional, y es significativo que dos días después la magistrada resolviera modificar su decisión anterior y acceder a la instalación del GPS en el tobillo del imputado, como lo solicitaba la fiscalía.

Fuente: El Mercurio